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El Fideicomiso Nacional de Becas y Crédito Educativo (FINABECE) es un mecanismo para financiar parcial o totalmente con carácter de reembolsable –crédito educativo- y no reembolsable –beca- o la combinación de ambos, en los ámbitos nacional o extranjero, a guatemaltecos para iniciar, continuar o culminar estudios , a nivel de: Diplomados Técnicos Universitarios Licenciaturas, hasta obtener el grado académico Maestrías Doctorados Aprendizaje de idiomas y/o cursos preparatorios para la obtención de certificación de idiomas Cursos cortos hasta un año Estudios a distancia en línea y/o semipresenciales Financiamiento de las becas y créditos educativos que el Estado de Guatemala decida crear y otorgar, conforme al objeto y fines del Fideicomiso.
Requisitos de elegibilidad: De conformidad con el Reglamento del FINABECE los principales requisitos de elegibilidad que deben cumplir los beneficios o fideicomisarios son los siguientes:
Becas: Ser guatemalteco Poseer título o diploma de nivel medio en caso de estudios de pregrado o título profesional en caso de estudio de postgrado, así como de cursos cortos. Admisión e Inscripción a la Universidad Estudio socioeconómico
Crédito Educativo: Contar con la garantía que respalde el financiamiento
Estudios en el extranjero:
Cuando proceda, el interesado deberá acreditar que tiene dominio del idioma en que se va a impartir la beca o los estudios. Constancia de aceptación otorgada al interesado por la entidad educativa correspondiente. c. Constancia de aceptación otorgada al interesado por la entidad cooperante, cuando proceda.
Gastos financiables: Los gastos financiables con fondos del FINABECE son los siguientes: En el país: - Matrícula
- Colegiatura
- Libros y materiales de estudio
- transporte
En el extranjero: - Matrícula
- Colegiatura
- Boleto aéreo para el beneficiario en clase económica
- Hospedaje y alimentación durante el período de estudio
- Seguro de vida y médico
- Libros y materiales de estudio
Comité de Financiamiento: Es el órgano encargado de aprobar lo relativo al financiamiento parcial o total con carácter de becas y/o créditos educativo que se otorguen. El Comité de Financiamiento se integra por seis (6) miembros, con sus respectivos suplentes de la forma siguiente:
- El Secretario de Planificación y Programación de la Presidencia, quien lo preside;
- El Ministro de Relaciones Exteriores, o el representante qué éste designe;
- El Ministerio de Economía, o el Representante que éste designe;
- El Director del Instituto Nacional de Administración Pública INAP, o el Representante que éste designe;
- Un representante del Fiduciario, con voz pero sin voto; y
- El Director de Apoyo a la Formación de Recurso Humano de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, quien actuará como Secretario, con voz pero sin voto y se encargará de ejecutar y dar seguimiento a las resoluciones emanadas por el Comité de Financiamiento y las que se regulen en el Reglamento específico
Unidad Ejecutiva y Técnica: Se integrará con el Secretario del Comité de Financiamiento y el personal de la Dirección de Apoyo a la Formación del Recurso Humano de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia SEGEPLAN.
Para mayor información puede escribir a:
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