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El Fideicomiso Nacional de Becas y Crédito Educativo (FINABECE) es un mecanismo para financiar parcial o totalmente con carácter de reembolsable –crédito educativo- y no reembolsable –beca- o la combinación de ambos, en los ámbitos nacional o extranjero, a guatemaltecos para iniciar, continuar o culminar estudios , a nivel de:
  1. Diplomados
  2. Técnicos Universitarios
  3. Licenciaturas, hasta obtener el grado académico
  4. Maestrías
  5. Doctorados
  6. Aprendizaje de idiomas y/o cursos preparatorios para la obtención de certificación de idiomas
  7. Cursos cortos hasta un año
  8. Estudios a distancia en línea y/o semipresenciales
  9. Financiamiento de las becas y créditos educativos que el Estado de Guatemala decida crear y otorgar, conforme al objeto y fines del Fideicomiso.

Requisitos de elegibilidad:
De conformidad con el Reglamento del FINABECE los principales requisitos de elegibilidad que deben cumplir los beneficios o fideicomisarios son los siguientes:

Becas:

  1. Ser guatemalteco
  2. Poseer título o diploma de nivel medio en caso de estudios de pregrado o título profesional en caso de estudio de postgrado, así como de cursos cortos.
  3. Admisión e Inscripción a la Universidad
  4. Estudio socioeconómico

Crédito Educativo:

  1. Contar con la garantía que respalde el financiamiento


Estudios en el extranjero:

  1. Cuando proceda, el interesado deberá acreditar que tiene dominio del idioma en que se va a impartir la beca o los estudios.
  2. Constancia de aceptación otorgada al interesado por la entidad educativa correspondiente.
    c. Constancia de aceptación otorgada al interesado por la entidad cooperante, cuando proceda.

Gastos financiables:
Los gastos financiables con fondos del FINABECE son los siguientes:

En el país:

  1. Matrícula
  2. Colegiatura
  3. Libros y materiales de estudio
  4. transporte

En el extranjero:

  1. Matrícula
  2. Colegiatura
  3. Boleto aéreo para el beneficiario en clase económica
  4. Hospedaje y alimentación durante el período de estudio
  5. Seguro de vida y médico
  6. Libros y materiales de estudio


Comité de Financiamiento:
Es el órgano encargado de aprobar lo relativo al financiamiento parcial o total con carácter de becas y/o créditos educativo que se otorguen. El Comité de Financiamiento se integra por seis (6) miembros, con sus respectivos suplentes de la forma siguiente:

  1. El Secretario  de Planificación y Programación de la Presidencia, quien lo preside;
  2. El Ministro de Relaciones Exteriores, o el  representante qué éste designe;
  3. El Ministerio de Economía, o el Representante que éste designe;
  4. El Director del Instituto Nacional de Administración Pública INAP, o el Representante que éste designe;
  5. Un representante del Fiduciario, con voz pero sin voto;  y
  6. El Director de Apoyo a la Formación de Recurso Humano de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, quien actuará como Secretario, con voz pero sin voto y se encargará de ejecutar y dar seguimiento a las resoluciones emanadas por el Comité de Financiamiento y las que se regulen en el Reglamento específico


Unidad Ejecutiva y Técnica:
Se integrará con el Secretario del Comité de Financiamiento y el personal de la Dirección de Apoyo a la Formación del Recurso Humano de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia SEGEPLAN.

Para mayor información puede escribir a:  Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla